ZONA DE BAJAS EMISIONES «DISTRITO CENTRO»
ACCESO LIBRE AL PARKING DE LA PLAZA DE LAS DESCALZAS A VEHÍCULOS CON DISTINTIVO AMBIENTAL
Desde el 22 de septiembre de 2021 está en vigor la zona de bajas emisiones «Distrito Centro», donde se permite el acceso al estacionamiento a vehículos con distintivo ambiental de la DGT
El permiso de acceso a la ZBE «Distrito Centro» se gestiona directamente por el parking, por lo que el usuario no deberá hacer ninguna gestión
Madrid Central
Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículo eléctrico de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
Turismos y comerciales ligeros híbridos de gas natural o GLP y gasolina con nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI, o diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI.
Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías híbridos de gas natural o GLP, con nivel de emisiones EURO 6/VI, de diésel o gasolina.
Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI.
Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.
Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V.
Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos sea Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible.
La obtención del distintivo se puede realizar en las siguientes entidades:
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Oficinas de Correos (para más información Pulse aquí)
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Talleres de reparación de vehículos (para más información Pulse aquí)
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Gestores administrativos (para más información Pulse aquí).
Madrid Central
Los vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000, y los de diésel matriculados antes del año 2006, se consideran vehículos de Categoría «A» (sin distintivo ambiental), NO PUDIENDO ACCEDER A LA ZBEDEP «DISTRITO CENTRO» Madrid Central Madrid Central
Para comprobar el distintivo ambiental de su vehículo pulse aquí.
El Área de la zona de bajas emisiones de DISTRITO CENTRO comprende el ámbito territorial delimitado por por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover. Madrid Central
Sanción de 200€ por acceso a la zona de bajas emisiones de especial protección Distrito Centro, EXCEPTO PARA AQUELLOS VEHÍCULOS CON DISTINTIVO AMBIENTAL QUE SE DIRIJAN A LOS APARCAMIENTOS DE LA ZONA
¿Cómo acceder libremente a la ZBE Distrito Centro?
Instalación de Cámaras
En las entradas a Distrito Centro hay cámaras instaladasSi entra en la Zona su matrícula queda registrada por las cámaras del Ayuntamiento
Automáticamente su matrícula es reconocida por el Ayuntamiento
Aparcamiento
Puede acceder libremente a la zona si se dirige a nuestro aparcamientoPUEDE ACCEDER LIBREMENTE A NUESTRO APARCAMIENTO
En la entrada a nuestro aparcamiento su matrícula será leída y registrada por nuestro sistema informático
Envío de datos
Los datos de su matrícula y horario son enviados diariamente al AyuntamientoConexión con el Ayuntamiento
Cada día las matrículas de los vehículos que hagan uso de nuestro aparcamiento son enviados al Ayuntamiento
Chequeo de matrículas
El Ayuntamiento recibe y chequea los datos de los vehículos que han hecho uso de nuestro estacionamientoChequeo de matrículas
Las matrículas reconocidas por el Ayuntamiento son chequeadas con las facilitadas por el Aparcamiento, evitando así la imposición de sanciones
Situación de las cámaras
Documentos públicos
MModificación Ordenanza de Movilidadadrid Central
Artículo 23. Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro.
3. La ZBEDEP Distrito Centro se rige por los siguientes criterios de acceso y funcionamiento, que se aplicarán conforme a las normas de gestión establecidas en el artículo 22 y en el anexo III:
(…)
f) Los restantes vehículos, siempre que dispongan de clasificación ambiental B y C podrán acceder a la ZBEDEP Distrito Centro únicamente para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado, o reserva de estacionamiento situados en el interior de la citada ZBEDEP.
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